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La propiedad intelectual como riesgo asegurable: claves para reducir la brecha de cobertura

En la economía actual, la propiedad intelectual e industrial representa uno de los activos más valiosos de cualquier empresa. No obstante, proteger ese patrimonio intangible conlleva riesgos que muchas organizaciones infravaloran.

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Por Miquel Vinyeta

En la economía actual, la propiedad intelectual e industrial representa uno de los activos más valiosos de cualquier empresa. No obstante, proteger ese patrimonio intangible conlleva riesgos que muchas organizaciones infravaloran. Los litigios en esta materia se encuentran entre los más complejos y costosos: los gastos de abogados pueden alcanzar cifras millonarias, y las consecuencias van mucho más allá del impacto económico directo, pudiendo paralizar operaciones, bloquear lanzamientos de productos o comprometer la propia continuidad del negocio.

La tendencia, además, se ha acentuado con una subida del número de registros y solicitudes de PI en todo el mundo, incrementando los puntos de fricción y el riesgo de conflictos de derechos. A todo ello, se suman otros factores como las nuevas regulaciones o la presencia de los llamados patent trolls, entidades que adquieren carteras de patentes sin fabricar ningún producto, con la única finalidad de acabar demandando a empresas y presionarlas para llegar a acuerdos económicos.

Los datos respaldan que esta presión ha traspasado las fronteras de EE. UU y también ha llegado a Europa ya que, según datos de Darts‑ IP (Clarivate)[1], el Tribunal Unificado de Patentes ha acelerado su actividad en su segundo año de vida: las demandas de infracción crecieron aproximadamente un 31,8% y alcanzaron una media cercana a 15 procedimientos al mes, consolidando una tendencia al alza respecto al primer año. En líneas generales, para las empresas con presencia internacional, esto se traduce en que un conflicto puede nacer en un país y propagarse a otras jurisdicciones, cada una con sus particularidades.

Ante este escenario, el seguro de propiedad intelectual emerge como una herramienta de transferencia de riesgo cada vez más indispensable para empresas de cualquier tamaño y sector. Este mensaje se refuerza considerando que en las pólizas tradicionales (RC General, D&O, RC Profesional o Cyber) la referencia a la PI suele aparecer con exclusiones totales, definiciones muy restrictivas, dejando de lado patentes y secretos comerciales, sublímites muy reducidos y, en general, un lenguaje del condicionado muy poco adaptado a esta materia. Ese desajuste entre la exposición al riesgo y la respuesta aseguradora mediante productos convencionales es lo que genera la brecha de cobertura y pone de manifiesto, a menudo demasiado tarde, que el asegurado asumía erróneamente que este riesgo quedaba amparado bajo su póliza.

Para cerrar ese gap existen las pólizas específicas de PI, diseñadas para cubrir riesgos asociados a patentes, marcas, copyright, diseños y secretos comerciales a través de dos principales coberturas:

  • Cobertura defensiva: cubre los gastos de defensa, honorarios de expertos y peritos, así como la eventual indemnización y acuerdos cuando un tercero alega que el asegurado ha infringido sus derechos de PI.
  • Cobertura ofensiva: financia las acciones legales contra quienes infringen los derechos de PI del asegurado, equilibrando disputas que de otro modo serían desiguales por falta de recursos.

Adicionalmente, según las necesidades de cada empresa y su perfil de riesgo, las pólizas pueden llegar a cubrir la responsabilidad contractual frente a clientes, la retirada de producto, la protección de la titularidad y validez de los derechos registrados, o las disputas derivadas de contratos de licencia.

En un entorno donde los intangibles pesan cada vez más en los balances y las disputas son más transfronterizas y costosas, el seguro de PI debe tener su lugar en la estrategia de gerencia de riesgos. Si bien es cierto que no sustituye a una buena estrategia legal, puede evitar que un conflicto se convierta en un evento financiero difícil de absorber.

[1] https://clarivate.com/intellectual-property/blog/the-unified-patent-court-at-two-what-the-data-really-says/

 

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