Skip to main content

Ley de Servicios Digitales

La Ley de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés), que entró en vigor en noviembre de 2022, regula las obligaciones de los servicios digitales que actúan como intermediarios en su función de conectar a los consumidores con bienes, servicios y contenidos.
Abstract turquoise image

La Ley de Servicios Digitales (DSA, por sus siglas en inglés), que entró en vigor en noviembre de 2022, regula las obligaciones de los servicios digitales que actúan como intermediarios en su función de conectar a los consumidores con bienes, servicios y contenidos.

Las normas especificadas en la DSA afectan principalmente a los intermediarios y plataformas en línea. Por ejemplo, los mercados en línea, las redes sociales, las plataformas de intercambio de contenidos, las tiendas de aplicaciones y las plataformas de viajes y alojamientos en línea.

Las plataformas estaban obligadas a informar de su número de usuarios activos en febrero de 2023; las que tenían más de 45 millones de usuarios -el 10% de la población de Europa- fueron designadas como plataforma en línea muy grande o motor de búsqueda en línea muy grande y dispusieron de cuatro meses para cumplir la normativa DSA. Las plataformas con menos de 45 millones de usuarios activos tienen hasta el 17 de febrero de 2024 para cumplir todas las normas de la DSA.

La DSA introduce dos nuevas restricciones a la publicidad dirigida en plataformas online:

  • Está prohibida la publicidad dirigida a menores basada en la elaboración de perfiles.
  • También se prohíbe la publicidad selectiva basada en perfiles que utilicen categorías especiales de datos personales, como la orientación sexual o las creencias religiosas.

Las nuevas normas permitirán a los usuarios comprender y decidir con conocimiento de causa sobre los anuncios que ven. Se les informará claramente de si cada anuncio va dirigido a ellos y por qué, así como de quién lo ha pagado.

Si el contenido es patrocinado, en lugar de orgánico, debe estar claramente etiquetado. Esto incluye el contenido patrocinado por personas influyentes y creadores digitales.

La DSA establece obligaciones asimétricas de diligencia debida para distintos tipos de intermediarios, en función de la naturaleza de sus servicios y de su tamaño e impacto, para garantizar que sus servicios no se utilicen indebidamente para actividades ilegales y que los proveedores operen de forma responsable.

Cada Estado miembro designará un coordinador de servicios digitales que se encargará de supervisar los servicios de intermediación establecidos en su país y/o de coordinarse con las autoridades sectoriales especializadas. Cada coordinador de servicios digitales tendrá los poderes necesarios para imponer sanciones, incluidas, entre otras, multas y, como último recurso, la suspensión del servicio.

El nivel de las obligaciones impuestas y el tipo de aplicación dependerán de la naturaleza de los servicios del proveedor de servicios en línea, de su tamaño y de su impacto en el ecosistema en línea. Las multas pueden alcanzar hasta el 6% de la facturación global de un proveedor de servicios.

¿Cómo deben responder las organizaciones a la Ley de Servicios Digitales?

Las organizaciones tendrán que evaluar el impacto de la Ley de Servicios Digitales en su negocio y modelo de negocio, identificando dónde se necesitan cambios y dónde hay que prestar más atención a los procesos actuales.

Los asesores pueden ayudar a las organizaciones a comprender cómo puede aplicarse esta ley dentro de su marco actual: 

  1. Ayudando a las organizaciones que necesitan cumplir los requisitos de la DSA con su estrategia de mitigación de riesgos y planificación futura.
  2. Asesorando a las organizaciones sobre cómo pueden aprovechar los requisitos y disposiciones de la legislación para diferenciarse en el mercado, aumentar la confianza de los usuarios y atraer a clientes potenciales.
  3. Ayudando a las organizaciones a identificar y mitigar los riesgos potenciales asociados a la DSA. Ayudándolas a establecer marcos sólidos de gestión de riesgos, incluidos procesos para evaluar y abordar los riesgos emergentes relacionados con la moderación de contenidos, la protección de datos y la seguridad de los usuarios.

Un plan integral que abarque toda la legislación nueva y futura cubierta por la estrategia digital de la UE puede crear oportunidades, así como mitigar los riesgos. Más información sobre el impacto de la Ley de Datos.

Suscríbete a la serie para mantenerte informado

Este es sólo el segundo episodio de nuestra serie “Preparados para lo inesperado: anticiparse a los riesgos en constante evolución”. Si quieres recibir más información sobre los próximos episodios haz click aquí.

El uso del Contenido será estrictamente informativo. Se trata de información facilitada por diferentes fuentes sin haber podido ser contrastada por Marsh, y, por lo tanto, sin que esta última sea responsable de su integridad, veracidad o exactitud, de modo que no asume responsabilidad alguna por los eventuales errores existentes, ni por las discrepancias que pudieran encontrarse entre distintas versiones del Contenido. Debe ser considerada únicamente como información general, no garantizando Marsh, expresa o implícitamente la misma. Marsh no pretende que la información contenida en el presente documento sea interpretada como asesoramiento a una situación concreta, ni aplicable a la misma, no pudiéndose tomar como tal. Si el destinatario pretende que Marsh amplíe la información, deberá autorizar a esta para poder dirigirse a las diferentes entidades participantes.

Las manifestaciones en materia fiscal, contable o jurídica deben entenderse como observaciones generales basadas únicamente en nuestra experiencia en riesgos y seguros y no pueden considerarse asesoramiento fiscal, contable o jurídico, el cual no estamos autorizados a prestar. Todas estas materias deben examinarse con asesores adecuadamente cualificados en el correspondiente campo. Por dicho motivo, Marsh no asumirá la responsabilidad que pueda existir, bien por el contenido de dichas observaciones generales que pudieran haberse incluido, bien por la falta de análisis de las implicaciones legales, comerciales o técnicas de los documentos e información puestos a nuestra disposición.