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Responsabilidad profesional de los Compliance Officers: un camino por recorrer

Responsabilidad profesional de los Compliance Officers: un camino por recorrer

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Por Luis Ybáñez

En España, al igual que en otros países, la figura del compliance officer se consolida como una pieza clave de la gobernanza corporativa. Por ello, también como uno de los perfiles con mayor exposición en términos de responsabilidad profesional corporativa. El aumento de obligaciones regulatorias, la presión reputacional y la creciente formalización de los programas de cumplimiento están impulsando la exposición a riesgo de los profesionales que asumen esta responsabilidad por cuenta de las empresas, y por ende, el interés por coberturas aseguradoras específicas, en particular la responsabilidad civil profesional para responsables de cumplimiento.

Esta necesidad ha cobrado especial relevancia tras la entrada en vigor y despliegue práctico de la Ley 2/2023, de protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que refuerza el papel del Sistema Interno de Información (canal interno) y activa un marco sancionador más tangible. En paralelo, ámbitos como la protección de datos (RGPD), la prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo o la competencia desleal elevan el listón de diligencia exigible a las organizaciones y, por extensión, a quienes diseñan, coordinan y supervisan los mecanismos de control interno.

Mientras que en el imaginario habitual la exposición a RC Profesional proviene de reclamaciones de terceros, en el ámbito de cumplimiento, pueden también aparecer reclamaciones de distintos frentes: sanciones de las autoridades, reclamaciones de los propios empleados o exempleados, e incluso reclamaciones de la propia empresa frente a los responsables de cumplimiento.

La comparación con el seguro D&O es inevitable. El D&O está concebido para proteger el patrimonio de administradores y directivos por actos cometidos en esa condición, es decir, por la gestión y representación de la sociedad. En cambio, la RC profesional del compliance officer se centra en cubrir tanto a la sociedad como sus trabajadores, por la prestación de un servicio profesional, y en la diligencia técnica del rol. Esa diferencia conceptual se traduce en brechas importantes: es posible que la empresa no haya contratado D&O (es un seguro voluntario), o que aun habiéndola contratado:

  1. El compliance officer o alguien de su equipo no figure expresamente como asegurado;
  2. Determinadas actividades desempeñadas no se consideren como objeto de cobertura;
  3. Existan contingencias ajenas al control del profesional afectado, (por ejemplo, impago de prima o inexactitudes en el cuestionario);
  4. Al ser un límite solidario en caso de siniestro, el compliance officer vea que no dispone de cobertura por haberse agotado en funciones ajenas a su esfera de actividad.

Además, el seguro D&O suele tener una dinámica que puede generar tensiones en crisis complejas: la empresa acostumbra a ser la tomadora y quien controla la póliza, lo que puede abrir la puerta a potenciales conflictos de interés en escenarios donde confluyen responsabilidades de la organización y de personas físicas.

En ese sentido, las pólizas para compliance officers se presentan como un producto altamente recomendable por ser independiente y complementario al D&O, diseñado para que sean estos profesionales quienes controlan la cobertura, y responder específica y exclusivamente a los riesgos propios del cumplimiento.

Por último, en un mercado donde la función de compliance ya no se percibe como un “extra” reputacional, sino como un estándar exigible, la tendencia apunta a que sean las empresas quienes aporten a sus empleados ese plus de tranquilidad. A cambio de pedirles que desempeñen una actividad con alto componente de riesgo, estas empresas les proporcionan la cobertura idónea para protegerles en caso de ser necesario. Y viceversa, en caso de una negligencia de un trabajador en materia de cumplimiento, la empresa estaría protegida frente a posibles reclamaciones/sanciones de terceros.

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